Tenemos que preguntarnos por los sentidos y alcances actuales de la reivindicación de la memoria en Colombia. El ejemplo de lo que está ocurriendo en este momento en España tendría que servir para admitir que no nos podemos quedar celebrando la continuidad de lo existente y para reconocer lo mucho que hay por consolidar.
Gracias a los acuerdos de gobierno entre partidos como el Partido Socialista Obrero Español, Izquierda Unida, Unidas Podemos o Esquerra Republicana de Catalunya, han venido produciéndose en ese país Leyes y proyectos que han significado una ruptura paulatina con el pacto de silencio instaurado en torno al franquismo. En 2007, la Ley de Memoria Histórica reconoció víctimas “de la guerra civil y de la dictadura” y estableció una serie de medidas que, muy modestas y criticadas, al menos abrían la perspectiva de cumplimiento de los principios y normas internacionales en materia de verdad, justicia, reparación y no repetición. Ahora, en 2020 y 2021, el proyecto de Ley de Memoria Democrática implica una enmienda a la Ley anterior que fue derogada de facto y a la que se le quitaron los presupuestos básicos para su implementación, haciendo promesas muy alentadoras para un movimiento memorial que es referente internacional principalmente por el trabajo de exhumaciones en uno de los países con mayor número de desapariciones forzadas del mundo.
Aunque puede decirse que lo que ha ocurrido en Colombia con las Leyes de Justicia y Paz y de Víctimas, los Actos legislativos para la Paz y el Acuerdo Final, conforman un andamiaje legislativo de una complejidad ejemplar para los españoles, y que se trata de realidades históricas incomparables, vale la pena valorar elementos útiles de allá para acá. Por ejemplo, aunque los instrumentos jurídicos de ambos países giran en torno a los derechos humanos de las víctimas es distinto que estos surjan de una comprensión crítica del pasado a que estos incluyan mecanismos de tratamiento del problema del pasado. De otro modo: la reparación de las víctimas en España no es producto de una consideración fundamentalmente humanitaria, como aquí, sino de una condena al contexto represivo de victimización, “de guerra civil y de dictadura”, y de “represión contra las luchas por la democracia”. Además, en la Ley y el proyecto de Ley españoles, se incluyen aspectos de la reivindicación de la memoria que en nuestro país no han sido desarrollados como la consideración explícita de las víctimas de lo que aquí llamamos falsos positivos judiciales, el impulso de mapas de fosas comunes para conocimiento público, la protección obligatoria de lugares de memoria y el cambio de símbolos urbanos, como nombres de calles o monumentos, asociados con crímenes de lesa humanidad.